jueves, 8 de junio de 2017

El origen de estado mexicano visto desde las leyes

El origen de estado mexicano visto desde las leyes

El artículo 49 de la constitución política de los estados unidos mexicanos nos recoge, desde 1917, el principio de la división constitucional o separación de poderes. Con toda claridad el texto constitucional establece la división del supremo poder de la federación, para su ejercicio en tres órganos.
Desde el punto de vista de la historia de las instituciones constitucionales en México, son múltiples los antecedentes de la formación del Estado vigente porque que los delimitaremos abordar las mas relevantes.
Ya la constitución de política de la monarquía de Cádiz, promulgada recogía la idea de una nación el territorio de México, delegando facultades legislativas en las cortes del rey, la función ejecutiva en el rey de España y la potestad jurídica en los tribunales correspondientes. La llamada constitución de Apatzingán del 22 de octubre de octubre de 1812 retomaría este principio que también había sido delineado por José María Morelos de sus sentimientos de la nación en sus artículos 11 y 12 en una clara referencia a la tradición del pensamiento liberal.
Formulas similares, aunque no idénticas, son reproducidas  entre otros documentos, por el proyecto de reglamento provisional político del imperio mexicano de 1822, por el plan de la constitución política de los estados unidos mexicano 1823 y por el acta constitutiva de la federación mexicana de 1824. Así es como llegamos al texto de otro antecedente relevante como lo es la constitución política de los estados unidos mexicanos de 1824.

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